Por María Soledad Gennari
Ministra del Superior Tribunal
de Justicia de Neuquén
Secretaria de AMJA
El aislamiento tiene un efecto especifico sobre todos los tipos de violencia, incluso la sexual donde las consecuencias también son devastadoras. En el caso de las relaciones de pareja la permanencia dentro del hogar puede generar varios escenarios, quizá donde no había violencia, surgan o se sucedan episodios escalados de menor a mayor; donde ya existía de forma moderada o leve, que esta se agrave y en el caso de que se ejerza un tipo de violencia con altos indicadores, el riesgo de femicidio se potencie de una forma incalculable.
Dentro del “ciclo de la violencia” –concepto acuñado por la reconocida psicóloga americana, Leonor Walker- la inesperada necesidad de permanecer en sus hogares incide específicamente en lo que denominamos “acumulación de tensión” que luego deriva en episodios o estallidos.
En esta primera fase comienzan los desacuerdos, conflictos y hostilidad, por su parte la convivencia con una intensidad extrema como lo es el “aislamiento obligatorio” hace que esta etapa se agudice, pues además se resignifican y reasumen roles, lo cual también genera un cambio en la dinámica de la relación.
Ya sea que haya antecedentes o no; en esta etapa, el agresor registra cada vez mayor irritabilidad, intolerancia y frustración, con diferentes interacciones, etapa en la cual ante todo “aísla”, critica, humilla y señala a la víctima como responsable de su estado de ánimo. Justamente en la fase que mencionamos –acumulación de tensión- el “aislamiento de la victima” es indispensable, se necesita a una mujer, sola, sin contacto con un circulo contendor, situación que hoy se ha tornado en obligatoria por cuestiones sanitarias, ergo el aislamiento, vehiculiza la soledad de la víctima, estado indispensable para que el agresor avance, sumado a ello, la dificultad para denunciar y por último la complejidad del seguimiento.
Por ende, dentro de la emergencia sanitaria un aislamiento sin estrategias eficaces conscientes con la fenomenología de la violencia solo puede conducir al agravamiento del riesgo de la mujer victima. El estado debe ponderar este fenómeno como parte de la emergencia, de lo contrario lo que se pretende evitar por un lado –riesgo o daño a la salud- se genera por otro. Por último es importante señalar que la transversalidad de la perspectiva de género en el marco de medidas de excepción debe ponderarse primordialmente, pues es sabido que quienes primero ven cercenados sus derechos son las personas en especial condición de vulnerabilidad como ser las mujeres y más aún las victimas de violencia.
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